miércoles, 18 de agosto de 2010

Pedido de Informes sobre los métodos de acción del Municipio sobre los terrenos baldíos


Concejales del Bloque Partido Justicialista solicitan ante el Deliberante de San Isidro informes para “conocer algunos de los términos y condiciones de los mecanismos que se emplean para realizar ocupaciones o tomas de posesión” en terrenos y baldíos abandonados.
El pedido de informes del Bloque del PJ de San Isidro se realiza “respecto de la acción de limpieza y cerramiento que lleva a cabo el municipio sobre los terrenos y baldíos abandonados.”

En el texto manifiestan que “Coincidimos en que estas situaciones son perjudiciales para los vecinos desde el punto de vista del cuidado de la salud, del medioambiente y de la seguridad pública, evitando la formación de basurales a cielo abierto y la proliferación de mosquitos y ratas.”

Asimismo consideran que es “necesario conocer algunos de los términos y condiciones de los mecanismos que se emplean para realizar dichas ocupaciones o tomas de posesión, para que en el caso que así lo amerite, evitar cualquier tipo de injusticia o incomodidad por parte de los propietarios.”

Al respecto recuerdan que “La norma que avala la ocupación o toma de posesión de los terrenos abandonados y/o baldíos, la Ordenanza General número 38 impulsada por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, en ejercicio de las facultades de los departamentos deliberativos, fue impuesta bajo régimen de facto, con lo cual sería prudente el análisis de la misma, en vista de las facultades que los Concejos Deliberantes tienen para modificar o derogar la aplicación de dicha Ordenanza.”

Por estos motivos el Bloque de Concejales del Partido Justicialista solicita el tratamiento y sanción de un proyecto de Comunicación a fin de que el Departamento ejecutivo informe “respecto de las acciones realizadas a través de la Subsecretaría de Inspección Comunal, sobre el cerramiento y ocupación de los terrenos abandonados y/o baldíos por parte del municipio” mediante un listado de los terrenos ocupados que “contengan los siguientes datos: dirección, titular, monto de la deuda de ABL, fecha de ocupación”, los “Decretos emanados por el Ejecutivo municipal que hayan dispuesto dichas ocupaciones o tomas de posesión” y en paralelo un listado de los terrenos que, “según criterio del municipio, estarían en condiciones de ser ocupados.”